Un 7 de junio de 1951, el gobierno de Miguel Alemán Valdés, estableció el Día de la Libertad de Expresión en México y en 1976 el presidente Luis Echeverría añade a esta celebración, la entrega del Premio Nacional de Periodismo a los más destacados miembros de la prensa escrita y electrónica por sus trabajos desarrollados durante el año anterior en los diversos géneros periodísticos.
Se establece como fundamental para la democracia, la libre manifestación de las ideas y el derecho a estar debidamente informados. En el artículo 6 y 7 de la Constitución quedan garantizada la libertad fundamental de expresión de las ideas en los siguientes términos:
Artículo 6º: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Artículo 7º: Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública, en ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.